Cruz al merito aeronautico con distintivo rojo. De acuerdo con el BOD num 252 se concederán por méritos, trabajos, acciones, hechos o servicios distinguidos, que se efectúen durante la prestación de las misiones o servicios que ordinaria o extraordinariamente sean encomendados a las Fuerzas Armadas o que estén relacionados con la Defensa, y que no se encuentren definidos en las tres secciones anteriores de este capítulo. La cruz será esmaltada en blanco. Penderá de una cinta blanca con dos listas rojas de ancho igual a un octavo del ancho total de aquélla, que dejarán cantos blancos de dos milímetros en los bordes.
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